Glosario funerario
Los términos que oirás al organizar una despedida, explicados de forma sencilla.
Cuando fallece alguien cercano, de repente hay que tomar decisiones con palabras que casi nunca usamos: concesión, licencia de enterramiento, tanatopraxia, columbario. En este glosario funerario tienes más de 90 términos explicados de forma clara y en orden alfabético, para que entiendas cada presupuesto y cada trámite.
Ten en cuenta que la normativa funeraria y de cementerios es autonómica y municipal, así que algunos plazos y requisitos cambian según dónde ocurra el fallecimiento. Los importes que aparecen son orientativos y pueden variar mucho según la ciudad y la funeraria. Si acabas de perder a alguien, empieza por qué hacer cuando fallece un familiar.
A
- Acondicionamiento
- Preparación e higienización del cuerpo antes del velatorio: lavado, vestido, peinado y cierre de ojos y boca. Es más sencillo que la tanatopraxia y suele formar parte del servicio funerario básico.
- Aniversario
- Misa o acto de recuerdo que se celebra al cumplirse un año del fallecimiento. Muchas familias lo anuncian con una esquela o un recordatorio.
- Arca
- Término tradicional, hoy poco habitual, para referirse al féretro o ataúd.
- Ataúd
- Sinónimo de féretro: la caja en la que se deposita el cuerpo para el velatorio, el traslado y la inhumación o la cremación.
- Auxilio por defunción
- Prestación de la Seguridad Social de 46,50 € para ayudar a quien ha pagado los gastos del sepelio, si el fallecido cumplía los requisitos. Te lo explicamos en la guía sobre el auxilio por defunción.
B
- Bóveda
- En algunos cementerios, sepultura construida bajo el suelo con paredes de obra, que puede albergar varios féretros. Su nombre y sus características cambian según la zona.
C
- Cámara frigorífica
- Equipo del tanatorio o de la funeraria que conserva el cuerpo a baja temperatura mientras se preparan el velatorio, los trámites o el traslado.
- Capilla ardiente
- Espacio en el que se expone el féretro para que los allegados se despidan. Se habla de capilla ardiente sobre todo en despedidas públicas, aunque a veces se usa como sinónimo de sala de velatorio.
- Catafalco
- Estructura elevada, a menudo cubierta con telas, sobre la que se coloca el féretro durante una ceremonia solemne.
- Cementerio
- Recinto destinado a enterrar a los difuntos y a guardar restos y cenizas, en su mayoría de titularidad municipal. Puedes localizar los de tu zona en el buscador de cementerios.
- Cenizas
- Restos que quedan tras la cremación y que se entregan a la familia en una urna. Su destino final depende de la normativa local; repasamos las opciones en qué hacer con las cenizas.
- Cenotafio
- Monumento funerario dedicado a una persona cuyo cuerpo no se encuentra en ese lugar.
- Ceremonia civil o laica
- Despedida sin contenido religioso, con lecturas, música y palabras de familiares o de un oficiante. Puede celebrarse en el tanatorio, en el cementerio o en otro espacio.
- Certificado de últimas voluntades
- Documento del Ministerio de Justicia que indica si la persona hizo testamento y ante qué notario. Se puede pedir a partir de 15 días hábiles desde el fallecimiento; ver cómo solicitarlo.
- Certificado literal de defunción
- Copia íntegra de la inscripción de la defunción en el Registro Civil. Lo piden bancos, aseguradoras, la Seguridad Social y el notario.
- Certificado médico de defunción
- Documento que firma el médico que constata el fallecimiento, con la fecha, la hora y la causa. Es imprescindible para inscribir la defunción; te contamos los pasos en la guía del certificado de defunción.
- Coche fúnebre
- Vehículo acondicionado para trasladar el féretro, por ejemplo del tanatorio a la iglesia o al cementerio.
- Columbario
- Conjunto de pequeños nichos destinados a guardar urnas con cenizas, en cementerios, iglesias o tanatorios. Más detalles en columbarios: qué son y precio.
- Concesión funeraria
- Derecho de uso de un nicho, sepultura o panteón durante un tiempo fijado por el cementerio. No es una compra en propiedad: al vencer hay que renovarla, como explicamos en concesión y renovación de nichos.
- Condolencias
- Expresión de pena y apoyo dirigida a la familia del fallecido, en persona, por escrito o en un libro de firmas.
- Corona
- Arreglo floral, normalmente circular y con una cinta dedicada, que se envía al velatorio o al funeral. Hay ideas y costes en flores y coronas para un funeral.
- Cortejo fúnebre
- Comitiva de familiares y amigos que acompaña al féretro, a pie o en vehículos, hasta la iglesia o el cementerio.
- Cremación
- Sinónimo de incineración: reducción del cuerpo a cenizas en un crematorio.
- Crematorio
- Instalación donde se realiza la incineración, a menudo integrada en un tanatorio o en un cementerio.
- Cripta
- Espacio subterráneo, normalmente bajo una iglesia o un panteón, destinado a enterramientos.
D
- Defunción
- Fallecimiento de una persona. Es el término que se usa en los documentos oficiales y en el Registro Civil.
- Derecho funerario
- Conjunto de derechos y obligaciones del titular de una concesión de cementerio: uso de la unidad, pago de tasas y conservación. Cómo se transmite lo regula cada ordenanza municipal.
- Donación de órganos
- Cesión de órganos y tejidos tras el fallecimiento para trasplantes, coordinada en España por la Organización Nacional de Trasplantes. Conviene que la familia conozca el deseo de la persona.
- Donación del cuerpo a la ciencia
- Entrega del cuerpo a una facultad de medicina para docencia e investigación, previo registro en vida. La universidad indica qué gastos cubre y qué ocurre después con los restos.
- Duelo
- Proceso emocional que sigue a una pérdida. No tiene plazos fijos y cada persona lo vive de forma distinta.
E
- Embalsamamiento
- Técnica de conservación del cuerpo más completa que la tanatopraxia habitual. La normativa puede exigirla en algunos traslados largos o internacionales.
- Enterramiento
- Sinónimo de inhumación: depósito del cuerpo en un nicho, sepultura o panteón.
- Epitafio
- Frase o inscripción grabada en la lápida en memoria del difunto. Ver lápidas y epitafios.
- Esquela
- Anuncio público del fallecimiento con los datos del velatorio y la ceremonia, en prensa, en el tanatorio o en internet. En Obelium, las funerarias pueden publicar esquelas gratis.
- Exequias
- Honras y ceremonias religiosas que se celebran por el difunto.
- Exhumación
- Extracción de los restos de una sepultura, por ejemplo para trasladarlos o reunirlos en otra. Requiere autorización y plazos que varían según la comunidad; consulta exhumación y traslado de restos.
F
- Féretro
- Caja en la que se deposita el cuerpo (ataúd). Los hay de distintas maderas y acabados; como orientación, entre 300 y 3.500 € según el modelo, cifra que varía mucho según la ciudad y la funeraria.
- Féretro de cremación
- Ataúd sencillo, sin herrajes metálicos ni barnices pesados, pensado para la incineración.
- Fosa
- Hueco excavado en la tierra para enterrar un féretro. La fosa común es un enterramiento colectivo sin identificación individual.
- Funeral
- Ceremonia religiosa o civil de despedida. En lenguaje común también designa el conjunto de servicios que se contratan tras un fallecimiento.
- Funeraria
- Empresa que presta los servicios funerarios: recogida, trámites, féretro, velatorio, traslados y gestión del entierro o la incineración.
H
- Honras fúnebres
- Actos y ceremonias en homenaje a una persona fallecida.
I
- Incineración o cremación
- Reducción del cuerpo a cenizas en un crematorio. Como orientación, la cremación en sí suele moverse entre 400 y 900 €, según la ciudad.
- Inhumación
- Enterramiento del cuerpo en nicho, sepultura o panteón. Por norma general no puede hacerse antes de 24 horas desde el fallecimiento; ver cuánto tiempo pasa hasta el entierro.
- Inscripción de la defunción
- Anotación del fallecimiento en el Registro Civil, que suele tramitar la funeraria. Es necesaria para obtener la licencia de enterramiento.
L
- Lápida
- Losa de piedra que cierra un nicho o cubre una sepultura, con el nombre, las fechas y, a veces, un epitafio.
- Libro de firmas
- Libro que se coloca en la sala de velatorio para que los asistentes dejen su nombre y unas palabras a la familia.
- Licencia de enterramiento
- Autorización necesaria para la inhumación o la incineración, vinculada a la inscripción de la defunción en el Registro Civil.
- Luto
- Periodo de duelo y signos externos que lo expresan, como la ropa oscura. Hoy depende de cada familia.
M
- Mausoleo
- Sepulcro monumental, de gran tamaño y a menudo con valor artístico.
- Misa de difuntos
- Misa celebrada por el alma del fallecido, antes del entierro o en los días posteriores. Ver misa de difuntos, novenario y aniversario.
- Mortaja
- Vestidura o sábana con la que se cubre el cuerpo. Hoy es más habitual vestirlo con ropa elegida por la familia.
N
- Necrópolis
- Cementerio de grandes dimensiones o de época antigua.
- Nicho
- Hueco en un muro del cementerio donde se deposita el féretro o la urna. Lo habitual es tener una concesión temporal; como orientación, uno nuevo puede costar entre 700 y 3.000 €.
- Novenario
- Nueve días de oraciones o misas por el difunto tras el fallecimiento.
O
- Obituario
- Sección de un periódico que recoge fallecimientos, o nota biográfica sobre una persona fallecida.
- Oratorio
- Sala del tanatorio destinada a ceremonias religiosas o civiles.
- Osario
- Lugar del cementerio donde se depositan restos óseos tras una exhumación o al vencer una concesión que no se renueva.
P
- Panteón
- Construcción funeraria familiar dentro de un cementerio, con varias unidades de enterramiento.
- Pensión de viudedad
- Prestación de la Seguridad Social para el cónyuge o la pareja de hecho; con carácter general es el 52 % de la base reguladora. Requisitos y plazos en pensión de viudedad y orfandad.
- Permiso por fallecimiento
- Días libres retribuidos por la muerte de un familiar: 2 días para cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta segundo grado, y 4 si hay desplazamiento; el convenio puede mejorarlo.
- Pésame
- Expresión de condolencia a los familiares del fallecido.
- Policía sanitaria mortuoria
- Normas sanitarias que regulan la manipulación, conservación, traslado, inhumación e incineración de cadáveres. Son autonómicas, por lo que plazos y requisitos pueden variar.
- Póliza de decesos
- Contrato del seguro de decesos, donde figuran los asegurados, los servicios cubiertos y el capital.
- Prenecesidad
- Contratación o planificación del servicio funerario por adelantado, en vida. Ver cómo planificar tu propio funeral.
- Presupuesto funerario
- Documento con el desglose de servicios y precios que ofrece la funeraria. Conviene pedirlo siempre por escrito y comparar varios.
R
- Recordatorio
- Tarjeta con el nombre, las fechas y a menudo una oración o frase del fallecido que se entrega a los asistentes.
- Reducción de restos
- Operación que reúne los restos óseos en una caja más pequeña para liberar espacio en el nicho o la sepultura. Exige plazos mínimos y autorización del cementerio.
- Registro Civil
- Oficina pública donde se inscribe la defunción. De su inscripción se obtienen el certificado literal y la licencia de enterramiento.
- Repatriación
- Traslado del fallecido o de sus cenizas a otro país, con requisitos documentales y sanitarios propios. Ver repatriación y traslado internacional.
- Responso
- Oración breve por el difunto que se reza ante el féretro o la tumba.
S
- Sala de velatorio
- Espacio del tanatorio reservado a la familia para acompañar al fallecido. Como orientación, entre 250 y 900 € según la ciudad y las horas de uso.
- Sarcófago
- Caja de piedra u otro material noble para contener el cuerpo, propia de enterramientos monumentales.
- Seguro de decesos
- Seguro que cubre la organización y el pago del servicio funerario según la póliza. Qué incluye y qué no, en qué cubre el seguro de decesos.
- Sepelio
- Entierro y ceremonias que lo acompañan.
- Sepultura
- Enterramiento en tierra, ya sea en una fosa individual o en una unidad del cementerio. Como orientación, entre 400 y 1.500 €.
- Servicio funerario básico
- Conjunto mínimo de prestaciones: recogida, acondicionamiento, trámites y coordinación. Como orientación, entre 600 y 1.200 €, sin contar féretro, cementerio o crematorio.
- Sudario
- Lienzo con el que se cubre el rostro o el cuerpo del difunto.
T
- Tanatoestética
- Arreglo estético del fallecido (maquillaje, peinado, cuidado de manos) para que la familia lo vea con un aspecto sereno.
- Tanatopraxia
- Técnicas de conservación temporal del cuerpo, útiles en velatorios largos o traslados. Ver tanatopraxia y tanatoestética.
- Tanatorio
- Centro con salas de velatorio y, a veces, oratorio y crematorio, donde la familia recibe a los allegados.
- Tanatorio-crematorio
- Tanatorio que dispone de horno crematorio en sus instalaciones, de modo que velatorio e incineración se hacen en el mismo lugar.
- Tasas de cementerio
- Importes municipales por inhumación, mantenimiento o renovación de la concesión. Como orientación, usar un nicho existente supone entre 250 y 700 €.
- Titular del derecho funerario
- Persona a cuyo nombre figura la concesión del nicho, sepultura o panteón, y quien autoriza nuevas inhumaciones o traslados.
- Traslado
- Transporte del fallecido entre lugares, municipios o provincias, con requisitos sanitarios que dependen de la distancia y la comunidad.
- Tumba
- Lugar donde está enterrado un cuerpo; se usa como término general para sepultura, nicho o panteón.
- Túmulo
- Montículo de tierra o piedras levantado sobre una sepultura; también se llama así al armazón cubierto de paños sobre el que se coloca el féretro.
U
- Unidad de enterramiento
- Término administrativo genérico para nicho, sepultura, panteón o columbario.
- Urna
- Recipiente donde se entregan las cenizas tras la incineración. Como orientación, entre 60 y 300 € según el material.
- Urna biodegradable
- Urna de materiales naturales que se descompone en tierra o agua, pensada para esparcir o enterrar cenizas con menor impacto.
V
- Velatorio
- Acompañamiento al fallecido por familiares y allegados antes de la despedida, normalmente en un tanatorio.
- Velatorio en casa
- Velatorio celebrado en el domicilio, cuando la normativa autonómica lo permite y la funeraria lo coordina.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre féretro, ataúd y arca?
En la práctica son sinónimos: los tres nombran la caja en la que se deposita el cuerpo. Féretro es el término más habitual en los presupuestos de las funerarias, ataúd es el más coloquial y arca es una forma tradicional, hoy poco usada.
¿Es lo mismo incineración que cremación?
Sí. Ambas palabras describen la reducción del cuerpo a cenizas en un crematorio, y las funerarias las usan indistintamente. Lo que sí cambia es el precio, que depende de la ciudad y de lo que incluya el servicio; puedes estimarlo con la calculadora de coste del funeral.
¿Qué diferencia hay entre nicho, sepultura y panteón?
El nicho es un hueco en un muro del cementerio; la sepultura es un enterramiento en tierra; el panteón es una construcción familiar con varias unidades. Los tres suelen disfrutarse mediante una concesión temporal, no en propiedad.
¿Un nicho se compra para siempre?
Por lo general no. Lo que se adquiere es una concesión de uso por un número de años que fija cada cementerio; al vencer hay que renovarla o los restos pueden trasladarse al osario. Revisa las condiciones en el título de la concesión o en el propio cementerio.
¿Por qué algunos términos y trámites cambian según la comunidad?
Porque la sanidad mortuoria es competencia autonómica y los cementerios dependen de ordenanzas municipales. Por eso plazos como el de exhumación o los requisitos de un traslado pueden variar; ante cualquier duda, pregunta a la funeraria o al cementerio de tu localidad.
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